Una empresa de Puerto Madryn tendrá que capacitar a todos sus empleados por una denuncia de violencia de género

La sentencia obliga a la firma de prestaciones médicas a realizar un curso de 20 horas para todo su personal y a elaborar un protocolo contra el acoso laboral. La medida fue dictada por la jueza laboral Carolina Barreiro tras la denuncia de una trabajadora que afirmó haber sufrido violencia laboral y discriminación.

Redacción MadrynAhora

Una empresa de prestaciones médicas con sede en Puerto Madryn deberá capacitar a la totalidad de su personal, en especial a los directivos y personal jerárquico, en prevención de la violencia de género en el ámbito laboral. La medida fue dispuesta por la jueza laboral Carolina Barreiro, quien dictó una sentencia inédita en la provincia tras una demanda presentada por una empleada que denunció haber sido víctima de violencia laboral y discriminación de género.


El fallo, que además contempla el pago de una indemnización a la denunciante, establece la obligatoriedad de un curso de sensibilización con un mínimo de 20 horas cátedra, orientado a prevenir y erradicar el acoso laboral y la discriminación de género. La capacitación deberá ser cursada por todo el personal de la empresa, y prioriza la participación de los directivos y gerentes, incluyendo al principal acusado por los malos tratos sufridos por la trabajadora.


Asimismo, la sentencia ordena a la firma elaborar un protocolo de actuación ante casos de violencia y acoso en el plazo de un mes. La decisión tiene como objetivo implementar un sistema efectivo de prevención y garantizar la protección de los derechos de las empleadas, evitando que situaciones similares se repitan en el futuro.


La empleada que presentó la demanda trabajaba en la empresa desde 2008 y, según detalla el fallo, sufrió hostigamiento y comentarios ofensivos durante años, especialmente por parte de uno de sus superiores. La mujer, que en un principio se desempeñaba como recepcionista, manifestó que su relación laboral cambió cuando fue ascendida a otras funciones dentro de la firma.


En su testimonio, relató que comenzó a recibir comentarios despectivos y humillantes sobre su aspecto físico, como "Gorda, tenés que hacer ejercicio", además de chistes y burlas que se incrementaron cuando expresó su incomodidad con estas actitudes. Incluso, ante sus quejas, el superior le advirtió con frases como "Ojo si hablás con la Gerencia; atenete a las consecuencias". Estas situaciones generaron un ambiente de hostigamiento que impactó negativamente en su salud y estabilidad laboral.


El fallo también expone que la trabajadora sufría maltratos y discriminación por sus opiniones políticas. La mujer manifestó tener inclinaciones kirchneristas, lo que la convirtió en blanco de burlas constantes por parte de su superior, quien la descalificaba con frases como “la calle está difícil” y “tené cuidado, que tenés muchos hijos”, en un intento de desvalorizarla y minimizar su situación económica y familiar.


La jueza Carolina Barreiro fundamentó su decisión en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. En su sentencia, la magistrada definió la situación como un claro caso de violencia laboral y discriminación por motivos de género, considerando que la trabajadora fue víctima de un hostigamiento sistemático destinado a afectar su estabilidad emocional y laboral.


"La violencia laboral se manifiesta a través de actos que buscan excluir a la trabajadora, deteriorar su salud o socavar su autoestima mediante agresiones verbales, amenazas o acoso psicológico", señaló la jueza. Barreiro destacó que el rol de la justicia en estos casos es garantizar la protección de los derechos de las mujeres y tomar medidas que aseguren un entorno laboral libre de violencia y discriminación.


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