Los concejales aprobaron la ordenanza de Servicios Turísticos

Quedó aprobada por el Concejo Deliberante la Ordenanza N° 11.243, que denominaron “Ordenanza General de Servicios Turísticos” y que le da un marco normativo al sector.

Equipo de Redacción MadrynAhora

El secretario de Turismo del municipio de Puerto Madryn, Marcos Grosso, explicó en diálogo con "El quinto poder",LU17,  que "el objetivo de la ordenanza es tener una herramienta más ágil y eficaz para dar respuestas a distintas necesidades de nuevas actividdes o algunas exisentes que necesiten algun tipo de control"

Marcos Grosso dijo  que por ejemplo en el tema de  alojamientos están trabajando en modificaciones vinculadas a las nuevas tecnologías ya que  en la ordenanza original no se hablaba de la promoción integral por medios digitales de los alojamientos.

"Trabajamos en la concientizacion  informandole a cada personas que nos visita que utilice servicios  turisticos debidamente registrados y homologados porque dan una seguridad respecto a la calidad del mismo que hace que la experiencia en nuestra ciudd que la experiencia sea positiva", señaló

Autoridad de aplicaciónLa sanción de la norma implica que será la Secretaría de Turismo la autoridad de aplicación de la Ordenanza, que denominan Ordenanza General de servicios Turísticos y que rige en forma directa o indirecta para todos los servicios turísticos alcanzados por la misma y sus resoluciones reglamentarias o complementarias.

Registro de prestadores de Sericios turisticos

A partir de esto, se procederá a elaborar un “Registro de Prestadores de Servicios Turísticos”, que dividirá los mismos en distintas categorías y “los prestadores de dichos servicios que se incorporasen en cada una de las respectivas categorías, serán administrados por la autoridad de aplicación establecida por la presente, ante la cual tramitarán  la inscripción correspondiente”, y cuyo listado será publicado en la web del municipio.

Categorias

En este sentido se fija el nombre de cada categoría, la zona habilitada para la prestación, una zona de exclusividad, la temporada para la misma, horarios y días, requisitos y obligaciones; mientras que se determina que una vez que se tramite la habilitación municipal, será la autoridad de aplicación la que determinará en que categoría deberá inscribirse; a la vez que se genera una reglamentación que confiere el poder para aplicar sanciones pecuniarias a quien incumpla la normativa vigente.

Multas

Respecto a las as multas a aplicar serían por no inscribirse en el registro, incumplimiento de días y horarios, no respetar la zona habilitada, falta de calidad o de seguridad, promoción engañosa o higiene.

Cabe señalar que una vez generado este registro, en el plazo de 90 días de promulgada la misma, esta ordenanza quedará sin efecto, ya que no deroga ninguna ordenanza vigente que regula el sector.

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