El cura Segundo cumplirá prisión domiciliaria en su casa de Puerto Madryn.

Lo decidió Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, quien benefició con domiciliaria al empresario pesquero.Segundo purgará la prisión domiciliaria en Puerto Madryn bajo un estricto control policial.

Equipo de Redacción MadrynAhora

El empresario Héctor Omar “Cura” Segundo, fue beneficiado con la prisión domiciliaria debido porque es diabético y está considerado dentro del grupo de riesgo en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.El fallo lo firmó el juez Enrique Guanziroli, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, quien en las últimas horas,también   había beneficiado por razones similares a Néstor “Mota” Curiqueo (es asmático), otro conocido narco alojado en la Unidad 6 de Rawson.Según el fallo del TOF de Comodoro, a instancias de un pedido de la defensa particular de Segundo, y con la anuencia de la Fiscalía Federal, le concede la prisión domiciliaria porque el estado d condenado es diabético, aunque de “tipo 1”, que significa que no es insulinodependiente.Actualmente el empresario de la pesca estaba alojado en la Unidad 6 de Rawson, cumpliendo una condena a 9 años por acopio de estupefacientes, pero por ser  “de riesgo”, y que en caso de producirse un brote de la pandemia universal en dicho establecimiento sería una complicación tenerlo alojado allí.El fallo agrega que “se realizaron informes médicos correspondientes tanto por peritos de parte como por el profesional legista, los que corroboran las patologías que actualmente padece y que constituyen un riesgo mayor de presentar complicaciones, en caso de contraer COVID-19 y más ante la conveniencia de mantener distanciamiento social obligatorio en su vivienda”.

Aislamiento domiciliarioSegún dispuso la Justicia Federal, durante su detención Segundo no podrá salir ni ausentarse del domicilio por ninguna circunstancia, “excepto graves y urgentes motivos médicos atendibles, que debe acreditar y poner en conocimiento del Tribunal”.Asimismo, deberá acatar todas las previsiones que por emergencia sanitaria dicte la autoridad de salud nacional y “designará un referente que aportará número telefónico de contacto, no podrá abusar del alcohol, usar o tener estupefacientes o armas, ni cometer nuevos delitos y todo ello bajo apercibimiento de revocar el beneficio concedido”.Segundo tendrá en Puerto Madryn una supervisión de su arresto domiciliario mediante controles periódicos semanales a cargo de la autoridad de aplicación que corresponda.

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