Madryn: declararon culpable a Juan Luis Ale por abuso sexual a dos menores

Madryn: Juan Luis Ale ha sido condenado falta determinar cuantos años le va a dar la justicia por esos hechos

Policiales

Juan Luis Ale ha sido condenado falta determinar cuantos años le va a dar la justicia por esos hechos, después de haber cometido esos hechos fue dos veces jefe de la Policía y diputado provincial.

"Quiero expresar la indignación y el dolor y que la sociedad se de cuenta si hay que hablar con el chico, a veces somos reticentes al psicólogo y si no fuese por ellos no sale a la luz eso, agradecerles a todos en el nombre de las más perjudicadas que son mis dos hijas y la madre que es una gran madre y una gran mujer. Yo no viví con ellas permanentemente por una situación laboral pero fueron ellas las que más sufrieron, ellas 3 son las que compartieron el horror. A mi me conocen un poco más en los medios y he podido hablar" señaló tras la noticia el padre de las jóvenes abusadas.

Según informó el Ministerio Público Fiscal sobre la materialidad y autoría de los hechos traídos a proceso, desde el tribunal se entendió de la declaración de ambas víctimas, M.F.M., bajo la modalidad de cámara gessel, y M.B.M. en el marco de su declaración testimonial están respaldadas por la prueba producida durante las jornadas de debate.

La madre de las jóvenes dio cuenta de las circunstancias en que toma conocimiento de los hechos , del comportamiento y reacciones , problemas emocionales y psicológicos respecto de M. F., intervinieron Psiquiatra y Psicólogo, al igual que con M. B., en cuanto a sus conductas. M. F., develó los hechos que la damnificaron en su infancia, por sus propios dichos y por una amiga a quien le confesó que desde los 9 años fue sido abusada sexualmente la pareja de su mamá.

los hechos de abusos según la narración de las víctimas, consistían en reiterados episodios de tocamientos en sus partes íntimas y otras conductas con connotación sexual. los hechos de abusos según la narración de las víctimas, consistían en reiterados episodios de tocamientos en sus partes íntimas y otras conductas con connotación sexual.

Desde el tribunal se consideró que “ambas jóvenes, han dado cuenta de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieran los hechos atribuidos al imputado, los cuales en los términos expuestos resultan coincidentes con la acusación fiscal, desde el momento en que se van vivir con el imputado, luego de la separación de sus padres, ello es a fines del año 1998 y se extendieron hasta el año 2001 cuando su madre se separa del imputado”.

En el el resultado del informe psicodiagnóstico practicado a ambas jóvenes y la declaración brindada en cámara gesell en el que se observa un relato específico de abuso sexual no se observan indicadores de simulación, o falta de criterio de realidad, cumple los criterios de credibilidad del relato y toda su presentación resulta coincidente con dichas vivencias traumáticas de la infancia.-

De este modo el Tribunal entiendeen el caso de M. B. M., Ale es autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, previsto y reprimido por el art. 119, 2° párrafo C.P.N., según ley 25.087, siendo que en relación a la misma los hechos que la damnificaran ocurrieron en el último domicilio en que convivieron con el imputado, momento en el cual se encontraba vigente la citada ley.

Con M.F. M. se da cuenta que los mismos se produjeron durante la convivencia del grupo familiar, desde fines del año 1998 y hasta el año 2001 hasta que cesa la convivencia de Ale con la madre de las menores.

Por imperio constitucional corresponde aplicar la ley 11.179 y en consecuencia el delito atribuido resulta ser el de abuso deshonesto.

Desde El Tribunal se informó que la audiencia de cesura de pena se llevará a cabo el próximo lunes 31 de agosto. Desde El Tribunal se informó que la audiencia de cesura de pena se llevará a cabo el próximo lunes 31 de agosto.

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