¿Qué no se podrá ingresar a la Argentina desde enero de 2025?
Desde enero, la Aduana pondrá más énfasis en el control de ciertos productos. Conoce las restricciones y las franquicias para los viajeros que regresan al país.
A partir de enero de 2025, los viajeros que regresen a la República Argentina deberán estar atentos a las nuevas disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que prohíben el ingreso de ciertos productos y establecen franquicias limitadas para las compras realizadas en el exterior.
Al regresar al país, los pasajeros deberán pasar por el control de Aduana, donde los funcionarios revisarán que no lleven artículos prohibidos, como armas y explosivos, estupefacientes, material arqueológico o cultural, y mercadería con fines comerciales o industriales. Estos artículos no podrán ser ingresados sin la debida autorización de las autoridades correspondientes.
Además, el ARCA permite que los viajeros ingresen ciertos productos sin pagar impuestos, siempre y cuando no excedan los límites establecidos por el organismo. Por ejemplo, los viajeros podrán traer consigo un teléfono celular y una notebook o tablet, sin costo adicional. También quedarán exentos de impuestos los objetos de uso personal, como indumentaria, siempre que no tengan fines comerciales.
En cuanto a la franquicia permitida, el límite varía según el medio de transporte y la edad de los viajeros:
- Por vía aérea y marítima: US$ 500 por persona, con una franquicia extra de US$ 500 para compras en free shop. Para menores de 16 años no emancipados, el límite será de US$ 250.
- Por vía terrestre y fluvial: US$ 300, con franquicia adicional solo en Puerto Iguazú. Los menores de 16 años no emancipados podrán ingresar hasta US$ 150.
Si el valor de los productos adquiridos supera estos límites, los viajeros deberán pagar un arancel del 50% sobre el monto excedido. Por ejemplo, si un viajero compra productos por US$ 400 en el exterior y regresa por vía terrestre, deberá abonar US$ 50, ya que el excedente es de US$ 100.