La AFIP canceló el registro obligatorio de contratos de alquiler

Con el objetivo de reducir la burocracia, la AFIP elimina la obligación de registrar contratos de alquiler, aliviando las gestiones para los contribuyentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una importante medida destinada a simplificar los trámites para los contribuyentes: la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda. Esta decisión, formalizada a través de la Resolución General 5545/2024, se enmarca en la reciente derogación de la Ley de Alquileres y busca aliviar la carga administrativa de quienes alquilan propiedades.

A partir de ahora, los locadores y locatarios ya no estarán obligados a informar sus operaciones en el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)". Sin embargo, aquellos que deseen acceder a beneficios fiscales, como deducciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o en el Impuesto a las Ganancias, deberán registrar sus contratos en el servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI" de la web de la AFIP antes del 30 de septiembre de 2024, o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.

La medida también incluye disposiciones para los inmuebles pertenecientes a residentes en el exterior, quienes deberán registrar sus contratos a través de sus representantes en Argentina. Además, los contratos celebrados electrónicamente mediante plataformas digitales y aquellos en moneda extranjera deberán cumplir con requisitos específicos de registro y conversión de moneda.

La AFIP también eliminó la obligación de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones en el Impuesto a las Ganancias.

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